Además del salario y los aportes, la empleada doméstica en abril cobra un plus por los feriados trabajados y por el Día del Personal de Casas Particulares
04/04/2025 – 08:50hs
Las empleadas domésticas cobrarán en abril no solo el sueldo regular sino también el plus por feriado, en el caso de que trabajen en esas dos jornadas que son feriado nacional en el mes, y el extra por el Día del Personal de Casas Particulares.
Vale la pena aclarar que el último aumento de sueldo para las empleadas domésticas se definió a principio de año. A través de la Resolución 1/2025 de la Comisión de Trabajo en Casas Particulares, el Gobierno fijó las remuneraciones horarias y mensuales mínimas correspondientes a septiembre y octubre de 2024, y a diciembre de ese mismo año, y enero de 2025, este último plazo con un 2,5% de aumento acumulativo.
Así las cosas, los salarios regulares para empleadas domésticas en abril no tuvieron aumento de sueldo. Por lo tanto, permanece sin cambios la escala salarial vigente.
Cuánto cobra la empleada doméstica en abril
La siguiente es la escala salarial vigente para el Personal Auxiliar de Casas Particulares en abril de 2025, con los honorarios por jornada y salarios mensuales que corresponden a la empleada doméstica, de acuerdo a su categoría y modalidad de trabajo.
Supervisor/a
- Con retiro: $3.495 por hora y $436.048 mensuales.
- Sin retiro: $3.828 y $485.709 mensuales.
Personal para tareas específicas
- Con retiro: $3.309 por hora y $405.113 mensuales.
- Sin retiro: $3.628 por hora y $450.960 mensuales.
Caseros
- Hora: $3.126 y $440.468 mensuales.
Asistencia y cuidado de personas
- Con retiro: $3.126 por hora y $395.253 mensuales.
- Sin retiro: $3.495 por hora y $440.468 mensuales.
Personal para tareas generales
- Con retiro: $2.897 por hora y $355.447 mensuales
- Sin retiro: $3.126 por hora y $395.253 mensuales
De acuerdo con el convenio colectivo, el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará comprendida en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
A estos salarios básicos por categoría y modalidad, se deben sumar los plus por antigüedad y por zona desfavorable.
- El plus por antigüedad implica un 1% adicional sobre el salario mensual básico por cada año de antigüedad de la empleada doméstica, y se paga desde septiembre de 2021.
- A la vez, el plus por zona desfavorable implica un recargo equivalente al 30% del salario mínimo de su categoría, para la empleada doméstica que preste tareas en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, o en el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Feriados de abril 2025
Además de pagar el salario básico de la empleada doméstica con los aportes laborales y de salud que correspondan, y los plus indicados en el apartado anterior, en abril puede que sea necesario pagar los feriados trabajados.
Vale la pena aclarar que los únicos dos feriados nacionales en el mes de abril 2025 serán el miércoles 2 -por el Día del veterano y los Caídos en Malvinas– y el viernes 18, que es Viernes Santo.
En caso de que la empleada doméstica preste servicio en cualquiera de esos dos días, se debe pagar como un día feriado; es decir, como doble jornada, con un recargo del 100% sobre el haber habitual.
Los días no laborables, como es el caso del Jueves Santo o 17 de abril, no se pagan doble jornada en el caso de que la empleada doméstica trabaje en esa fecha.
Bono por el Día del Personal de Casas Particulares
Además del salario de marzo, en abril de 2025 a la empleada doméstica le corresponde cobrar un bono especial por el Día del Personal Auxiliar de Casas Particulares.
La conmemoración fue establecida en la Resolución (CNTCP) 3/2015 para el 3 de abril de cada año, y celebra la fecha en la que fue promulgada la Ley 26844 que regula la actividad de la empleada doméstica.
La misma estableció qué se considera trabajo en casas particulares a “toda prestación de servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, la asistencia personal y acompañamiento prestados a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad”.
Esa jornada debe ser considerada por el empleador como un día no laborable para quienes desarrollan estas actividades a nivel nacional, sin pérdida de remuneración. Esto quiere decir que si el empleador lo decide, la empleada doméstica puede no trabajar el 3 de abril sin que eso implique pérdida de remuneración. Pero, en el caso de que su empleador decida que debe prestar tareas en esa fecha, habrá un recargo del 100% en la retribución general. Esto quiere decir que la empleada doméstica cobrará ese día como doble jornada.
Con todos estos datos, los empleadores estarán en condiciones de abonar el sueldo correspondiente a abril de 2025 para la empleada doméstica.