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30 octubre, 2024

Causa Vialidad: el fiscal ratificó que en los gobierno K «funcionó una asociación ilícita» y pide duplicar la condena de Cristina

Este lunes comenzó una instancia clave en la causa Vialidad en las que se escucharán los argumentos de todos los que apelaron la sentencia condenatoria que dictó el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) en el caso donde se investigaron los 51 contratos que recibió el Grupo Austral propiedad de Lázaro Báez y por lo que, el 6 de diciembre de 2022, Cristina Kirchner se convirtió en la primera vicepresidenta en ejercicio del poder con una condena por corrupción.

El fiscal ante la Cámara de Casación, Mario Villar, inauguró las audiencias. El representante del Ministerio Público Fiscal ante la Sala IV insiste en que Cristina Kirchner, acusada por el delito de administración fraudulenta a seis años de cárcel, debe recibir, también, la pena por asociación ilícita en carácter de jefa, lo que duplica el tiempo de prisión.

Lo primero que dijo Villar es que se reconoce que se trata de una “sentencia trabajada, extensa, y es lógico que pueda haber puntos que signifiquen agravios”, que es parte de la apelación del Ministerio Público sobre el delito de asociación ilícita.

En las estructuras del Estado desde 2003 a 2015 “funcionó una asociación ilícita”, fue el primer concepto que vertió el fiscal.

Durante la introducción hizo referencia a las 51 licitaciones otorgadas a Lázaro Báez, y señaló: “la obra vial se pone bajo la órbita del Ministerio de Planificación, la obra pública se ubicó en un enclave geográfico que los funcionarios conocían bien, se proveyeron los fondos públicos nacionales para lograr esto y se creó una especie de empresario de la construcción quien recibiría el dinero para la supuesta obra pública”.

Continuando con los elementos que le permiten a la fiscalía sustentar el delito de asociación ilícita, señaló que “se necesitaba un empresario que estuviera dispuesto a colaborar en este sistema, todo para lograr los fines de la asociación ilícita” y para esto “se creó un sistema de corrupción usando un fin noble que es la obra pública vial”.

De las 51 obras que ganó el Grupo Austral, sólo 27 fueron terminadas, pero -continuó diciendo Villar-, “la mayoría sufrieron retrasos algo que omitieron los diferentes organismos de control”.

Retomando los argumentos de sus colegas ante al Tribunal Oral, Diego Luciani y Sergio Mola, Villar reiteró que durante los gobiernos K se creó un marco normativo desde Planificación Federal, con distintas áreas, fondos y funcionarios que cumplían roles específicos, al señalar la organización de la asociación ilícita y los roles que cumplió cada persona.

“En esta cadena de funcionarios aparece la Dirección Provincial de Vialidad. Este esquema y estas personas llevaron adelante las 51 defraudaciones contra la administración pública, no fue el Estado el que la cometió”, explicó.

El fiscal también se refirió a Báez en varios tramos, como “un empresario creado” para que la asociación ilícita pueda cumplir con su finalidad: direccionar contratos viales, desviar fondos públicos.

Ante la Casación Federal, dijo que “se trata de graves hechos de corrupción” al analizar este primer cuadro delictual. Y señaló que hubo una «estructura delictual organizada», en relación al delito que busca que se la atribuya a Cristina Kirchner.

La asociación ilícita

“Esta asociación ilícita está integrada por Cristina Kirchner, Julio De Vido, José López, Nelson Periotti y Lázaro Báez”, que realizaron los hechos investigados y se “organizaron para cometerlos”, dijo el fiscal Villar al sostener el planteo de Diego Luciani durante los alegatos del juicio.

El Ministerio Público Fiscal sostiene que durante el juicio, se dio por corroborada la comisión del delito de asociación ilícita, atribuyendo el carácter de jefa a Cristina Kirchner.

Entiende la fiscalía que en el caso Vialidad “se cumplen los elementos de la asociación ilícita: Se da el elemento organizacional, la voluntad unificada de sus participantes y la indeterminación de los delitos”.

Este último concepto es clave. El fiscal refutó el criterio de la mayoría del Tribunal de juicio que dijo que las 51 licitaciones adjudicadas “se trata de un sólo hecho de administración fraudulenta, no habría planes múltiples y no se da el número de integrantes de la asociación ilícita”.

Contrario a esto, la fiscalía considera que cada licitación es una defraudación en sí misma, es decir, cada proceso licitatorio constituyó un delito individual.

En este caso, “la gravedad de los hechos de corrupción, una defraudación cometida por funcionarios públicos durante doce años lo que habla de un delito continuado” hace que la pena a seis años de prisión “sea irrisoria”, explicó Villar. La acusación es únicamente por administración fraudulenta.

La idea de una única administración, argumentó el fiscal, “es erróneo” y pidió mirar que se trató de una hecho delictual “que se cometió durante tres administraciones presidenciales”, se trata “de tres administraciones distintas y en cada una de ellas se volvió a elegir” a quienes estuvieron en cada rol investigado. Entonces, “no es una única administración”.

El Tribunal en su voto mayoritario, basó el rechazo de la asociación ilícita, en la idea de que hay un único hecho, porque la asociación ilícita requiere delitos indeterminados, que deben ser planificados “esa multiplicidad de planes no estarían dadas para el Tribunal, algo que es erróneo”, dijo Villar.

Al convertir 51 hechos “en uno solo, dice que no está dado el elemento de planes indeterminados, pero la sentencia no tiene jurisprudencia en sus fundamentos sobre este punto”, añadió el fiscal.

Cada licitación “es diferente, es un proceso distinto, son disímiles entre sí, el Tribunal comete una arbitrariedad que es un sólo hecho”, reiteró.

Es decir “sostenemos el recurso del fiscal Luciani, que es que se dan los elementos para la asociación ilícita y se debería haber aplicado a todos los miembros mencionados”.

La condena de Cristina, apelada

El TOF 2, integrado por los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu encontró a Cristina Kirchner responsable del delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado. Y estimó el daño ocasionado en 80.000 millones de pesos.

Los fundamentos de aquella sentencia indicaban tener “la certeza de que, mediante la tramitación de 51 procesos de licitación pública para la construcción de obras viales sobre rutas nacionales y provinciales en Santa Cruz, entre los años 2003 y 2015, tuvo lugar una extraordinaria maniobra fraudulenta que perjudicó los intereses pecuniarios de la administración pública nacional”.

Las obras viales licitadas en suelo santacruceño fueron “sistemáticamente adjudicadas a un grupo de empresas vinculadas” a Báez, dijo el Tribunal, y añadió que la conformación de su holding y el crecimiento económico del mismo, fue “exponencial” y el mismo se vio “directamente asociado con la asignación de obra pública vial en el ámbito de esa jurisdicción”.

En otros términos, los magistrados indicaron que ex funcionarios de Vialidad nacional como la agencia provincial, “operaron al margen del interés público”, configurando, “detrás de una apariencia de licitud, una sincronizada y unívoca disposición del aparato estatal enderezado a la consumación del delito”.

Estos y otros fundamentos desarrollados por el Tribunal de juicio, fueron apelados por Cristina Kirchner, Lázaro Báez, José López, Nelson Periotti y el resto de los acusados. Por ese motivo, la Cámara Federal de Casación Penal revisará la sentencia condenatoria.

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