El avance del Gobierno sobre el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) para reducir su estructura quedó plasmado este lunes en una resolución publicada en el Boletín Oficial en la que plantea una reorganización del ente «que conlleve a mecanismos y procesos más ágiles, además de un menor costo presupuestario».
En la resolución número 62, el presidente del INCAA, Carlos Luis Pirovano, justifica la decisión en «el contexto de la crisis económica general e importante déficit fiscal que atraviesa el país desde hace décadas».
En la nueva estructura quedan en pie solamente cuatro gerencias: Gerencia General, de Asuntos Legales, de Administración y Finanzas y de Políticas Públicas.
El texto ordena «la supresión de Unidades Operativas de primero, segundo, tercero y cuarto nivel operativo, y con ello de las Funciones Ejecutivas y de Jefatura correspondientes a los cargos oportunamente creados, una readecuación general de acciones y una posterior revisión de la dotación del personal afectado«.
Video
La actividad organizada por los colectivos vinculados a la producción audiovisual se concretará a nueve días de conocida la resolución 27/2024 que, según lo que expresa, «paraliza a la actividad productiva». Además, el INCAA sufrió el despido de 170 trabajadores previo al inicio de abril.
Sin proyectos cinematográficos por tres meses
A comienzos de este mes, el Ejecutivo nacional había suspendido en el INCAA «la recepción de todo tipo de proyectos que se realicen mediante el sistema de ventanilla continua, en los que se soliciten ayuda financiera del organismo, por el plazo de noventa (90) días«.
Según indicó el Gobierno en la resolución, el período de suspensión tenía como objetivo «propiciar nuevas normas de regulación del fomento audiovisual con el objeto de adecuarse a las necesidades del mundo actual en pos de una dinámica y agilidad acorde a los nuevos tiempos».
En el artículo 2 de la normativa, el Ejecutivo había determinado que «los proyectos presentados para su evaluación y que a la fecha no tengan una resolución emitida por el Organismo que los declare de interés, tanto audiencia media y masiva, como la que les otorgue un subsidio por vía digital documental, y que aún no cuenten con comité asignado digital, serán devueltos a los presentantes».